🚦Cruzar la calle es una actividad que todos hacemos cotidianamente, teniendo esto en cuenta es muy importante que como peatones y conductores que todos somos conozcamos los derechos y obligaciones que la ley nos impone. A continuación se les presentaran una serie de artículos que para nosotros son los más relevantes y tal vez gracias a ellos puedas comprender y apoyar en todo a lo que educación vial se refiere:
🚦SOBRE EL PEATÓN:
DERECHOS
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OBLIGACIONES
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PROHIBICIONES
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CASOS ESPECIALES
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Ꙙ Utilizar las vías públicas del
estado de manera libre.
Ꙙ Cuando
lo requiera ser auxiliado y apoyado por las autoridades.
Ꙙ preferencia paso sobre el tránsito
vehicular en los cruces con señalamientos.
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Ꙙ En la avenidas y
calles deberá cruzar por lo puentes peatonales, a falta de estos por las
esquinas o zonas marcadas.
Ꙙ En caso de
intercepciones no controladas por agentes, zonas marcadas o semáforos. Solo podrá
cruzar cuando sea seguro.
Ꙙ Obedecer
indicaciones del agente de tránsito.
Ꙙ Seguir los
señalamientos de vía, semáforos.
Ꙙ Abordar un vehículo
solo si está aparcado correctamente.
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Ꙙ Cruzar entre vehículos
detenidos con motor en marcha y en circulación.
Ꙙ Caminar con carga,
que obstruya la visibilidad y libre
Movimiento.
Ꙙ Obstruir la circulación
de los vehículos.
Ꙙ Pender o subir a un
vehículo en movimiento.
Ꙙ Cruzar la calle en
diagonal.
Ꙙ Transitar a la orilla
se la banqueta
Ꙙ Efectuar colectas
en la vía publica sin autorización
Ꙙ Cruzar las calles
fuera de las líneas marcadas.
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Ꙙ discapacitados:
· Usar libremente las rampas de acceso a banquetas,
estacionamientos
y
edificios.
Ꙙ Las patinetas,
patines o similares solo se pueden usar en los lugares autorizados y no en la
vía pública.
Ꙙ En caso de no
cumplir con lo anterior estos usuarios son totalmente responsables del
siniestro que ocasionen.
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REFERENCIAS:
Artículo 18, 19, 20,
21, 23, 24,25.
🚦 SOBRE EL CONDUCTOR:
PROHIBICIONES
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OBLIGACIONES
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CASOS ESPECIALES
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Ꙝ Conducir
bajo los efectos embriagantes o de sustancias tóxicos, estupefacientes y drogas
que puedan alterar sus condiciones físicas o mentales.
Ꙝ entorpecer
la circulación de otros vehículos.
Ꙝ detenerse o
estacionarse a menos de 5 metros de las esquinas de calles, así como entradas
o salidas de emergencias.
Ꙝ
arrojar basura u objetos que puedan contaminar la vía publica.
Ꙝ
Llevar
entre su cuerpo y el volante a personas, animales u objetos que dificulten la
normal
conducción
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Ꙝ Portar
la licencia de manejo de la clase o el permiso correspondiente, la tarjeta de
circulación del
Vehículo
que conduce, vigente y en original.
Ꙝ Asegurarse
del buen funcionamiento del vehículo de manera que permita una adecuada
Circulación.
Ꙝ Circular
con las puertas del vehículo debidamente cerradas.
Ꙝ Respetar
y obedecer los límites de velocidad.
Ꙝ Respetar
y obedecer las indicaciones establecidas en los señalamientos preventivos,
restrictivos
E
informativos.
Ꙝ Ceder
el paso a todo peatón que en uso de sus derechos esté cruzando una vía
pública en los
lugares
permitidos para tales efectos; aun cuando sobrevenga un cambio de señal en
los
Semáforos
que regulan la circulación.
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Ꙝ Motociclistas
y similares
·
deberán hacer uso del
casco de seguridad. Si la
motocicleta no lleva parabrisas, el conductor deberá usar
además anteojos o casco integral
con visera.
·
No transportar carga cuyo volumen dificulte la conducción del
vehículo.
·
No circular por las zonas peatonales, andenes laterales o lugares
destinados al tránsito de peatones.
Ꙝ vehículo
de tracción humana
·
Ceder
el paso a todo vehículo de mayor velocidad.
·
Circular
lo más cerca posible de la banqueta o borde derecho de la vía correspondiente
a su sentido de circulación.
·
No circular
por las autopistas, zonas peatonales, en sentido contrario o paralelamente a
otro vehículo.
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REFERENCIAS:
Artículo 86, 87, 89,
90,91.
🚦 SOBRE SEGURIDAD VIAL EN GENERAL:
VÍA PUBLICA
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ACCIDENTES
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INCIDENTES
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Ꙛ Todos los usuarios de la vía pública
deberán abstenerse de todo acto que pueda
constituir un obstáculo para la
circulación de peatones y vehículos, poner en peligro a las personas o
causar daños a propiedades públicas o
privadas.
Ꙛ Toda persona o autoridad que ejecute obras en la vía pública es
responsable de
establecer la señalización correspondiente de cualquier obstáculo en la
circulación y seguridad de
vehículos y peatones.
Ꙛ Serán solidariamente responsables de
los daños ocurridos en accidentes, por el incumplimiento de lo impuesto
anteriormente, quienes encarguen la ejecución de la obra y los
que la ejecuten.
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Ꙛ SALIDA DEL ARROYO
DE CIRCULACIÓN. Cuando un
conductor pierde el control de su
vehículo y se sale
de la calle, avenida o carretera.
Ꙛ ESTRELLAMIENTO. Cuando un
vehículo en movimiento en cualquier sentido choca con
algo que se encuentra provisional o permanentemente estático.
Ꙛ PROYECCIÓN. Cuando un vehículo en movimiento choca con o pasa sobre alguien o
algo
o lo suelta y lo
proyecta contra alguien o algo, la proyección puede ser de tal forma que lo
proyectado caiga
en el carril o trayectoria de otro vehículo y se origine otro accidente.
Ꙛ ATROPELLAMIENTO. Cuando un
vehículo en movimiento impacta o arrolla a una o más
Personas.
Ꙛ CAÍDA DE PERSONA. Cuando una persona
cae hacia fuera o dentro de un vehículo en
Movimiento.
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Ꙛ Se presume
responsable de un incidente de tránsito al conductor que cometió dolosa
o culposamente una
infracción, hecho o acto relacionado con la causa del mismo.
Ꙛ Un peatón será
responsable de un incidente de tránsito, siempre y cuando el vehículo
involucrado
circulara en orden y acatamiento de normatividad de tránsito.
Ꙛ Todo incidente
de tránsito será sancionado por la autoridad responsable conforme a la
Ley de Tránsito
del Estado, este Reglamento y demás legislación relativa aplicable.
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REFERENCIAS:
Artículo 12, 13, 14,
113, 118, 119, 120.
🚦 La información anterior está basada en el reglamento
general de tránsito y vialidad del estado tabasco.
🚦REFERENCIAS:
- https://congresotabasco.gob.mx/wp/wp-content/uploads/2019/02/Ley-General-de-Transito-y-Vialidad-del-Estado-de-Tabasco.pdf
- http://volante.alcoholinformate.org.mx/reglamento_transito_09mayo07%20TABASCO.pdf
🚦ENTREVISTAS RESULTADOS:
A motivo de nuestra investigación decidimos elaborar
entrevistas para poder conseguir información de primera mano sobre los derechos
del peatón y las leyes que estos deben de seguir para tener una correcta
convivencia vial.
Como punto principal de referencia en esta investigación está el reglamento de
tránsito y vialidad del estado de tabasco documento expuesto anteriormente en
el enlace de arriba.
En dicho documento se abalan las normas, leyes y
obligaciones que debemos de seguir dependiendo del rol que desempeñemos desde
peatones, conductores, pasajeros, vehículos de carga, así como los mismos oficiales de tránsito.
El reglamento es de vital importancia porque es el medio por
el cual los oficiales de transito se fundamentan para hacer valer nuestros
derechos y hacernos cumplir nuestras obligaciones.
Se les invita a leer el reglamento y la ley general de
tránsito y vialidad ya que solo leyendo estos documentos las personas podrán
ser más cocientes de sus derechos y obligaciones como peatones y conductores, y
hacer valer a estos mismos, leyendo
estos documentos tal vez seamos más
educados cuando un oficial nos detenga, así como también podemos hacer valer
estos derechos cuando lo consideremos necesario.
Estos documentos son autorizados
por el congreso del estado, y los oficiales de tránsito son los encargados de
las aprensiones en reforma de los artículos del reglamento, ya que ellos son
aplicadores de las leyes, mas no las imponen.
La ley está regulada por medio de los aplicadores que en
este caso serían los oficiales de tránsito, pero los que sancionan al fin de
cuentas no son los oficiales si no la ley impuesta por el congreso del estado.
Las sanciones por su parte son otro punto a tomar en cuenta
ya que estas varían dependiendo de la gravedad de la situación en la que te
encuentres van desde una infracción en caso de un incidente menor y se remite a
fiscalía en caso de un incidente grave.
Las razones que te harán merecedor de una infracción vienen
especificadas en el reglamento, más el costo de las infracciones varían y estas
tiene que proporcionártelas un administrativo de tránsito.
🚦REFERENCIAS DE
LAS ENTREVISTAS:
JOAQUIN GONZALES PEREZ DIRECTOR GENERAL DE TRANSITO 49 AÑOS
GRACIELA HERNANDEZ OFICIAL DE TRANSITO 33
AÑOS.
ADALVERTO GARCÍA GARCÍA INSPECTOR DE VIALIDAD 39 AÑOS
🚦ENCUESTAS:
Nos dimos a la tarea de interactuar con los peatones de
nuestro municipio paraíso, tabasco con la finalidad de recabar información:
⇜En la siguiente gráfica se presentan el porcentaje de ciudadanos
que están al tanto de sus derechos y obligaciones, así como del documento que
los abala como peatones vigentes.
⇜En esta gráfica se presenta el porcentaje de peatones que
cruzan por las líneas de tránsito y los puentes peatonales, así como de los que
son conscientes de los señalamientos y sus respectivos significados:
⇜Entonces basándonos en los resultados obtenidos en esta investigación
podemos decir que el derecho regula esta actividad en base al reglamento y la
ley general de tránsito y vialidad, ya que este documento de vital importancia
contiene todos los casos posibles en los que cruzar la calle puede traernos
consecuencias legales.
Lo que más se puede destacar de este trabajo es que las personas son conscientes
de sus derechos y obligaciones pero no muy a menudo los hacen valer.
Otro problema son la medidas de prevención ya que los
peatones son conscientes pero en el caso de nuestro municipio estas medidas como
por ejemplo las líneas del paso peatonal no son visibles en las calles y por
ende las personas no saben por dónde pasar, en el caso de los puentes están tan
deteriorados que es mucho más seguro pasar por debajo de ellos, por lo tanto el
riesgo de sufrir un terrible accidente incrementa de manera drástica, es por ello
que tenemos la propuesta de reparar los señalamientos, mantenimiento de los
puentes y paso peatonal, mayor atención de los oficiales de tránsito y sobre
todo hacer consientes a las personas de la importancia de los mismos para así
evitar un daño mayor tanto físico como social.
🚦VÍDEO:
Muy bien, buen contenido y diseño adecuado acerca de cómo influye el derecho en algunas actividades de la vida cotidiana con sus artículos e información respectivas
ResponderEliminar10/10 gracias ahora soy chido uwu
ResponderEliminarMuy interesante el blog sobre como influye el derecho en nuestra vida cotidiana, es genial
ResponderEliminarMuy buena información, me ayudó mucho a comprender el tema y bien respaldada por muchas fuentes, le doy un 10
ResponderEliminarEsta muy bueno,la información es a basta y se logra comprender lo que dice.
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